Es urgente la excarcelación inmediata de l@s pres@s gravemente enferm@s, los mayores de 70 años y quienes están en situación de acceder a la libertad condicional, así como de quienes han salido ya de permiso por aplicación del 3º grado

ETXERAT (25-3-2020). Estamos viviendo un momento muy difícil y muy complicado en todo el mundo y para todo el mundo. Miedo, incertidumbre, inseguridad y, sin ninguna duda, mucho sufrimiento y, a todo esto, sumamos las tensiones, las dificultades y las consecuencias de una medida tan antinatural para la persona como es el confinamiento. El mayor de todos, es la prisión.

En estos momentos, nuestra propia seguridad y la seguridad de las personas a las que queremos, son nuestra prioridad. Las medidas de prevención para evitar el contagio, las de protección cuando lo hay, y la atención médica cuando la enfermedad se ha declarado, son la primera de nuestras preocupaciones. Guantes, mascarillas, alcohol, lejía, distancia de seguridad y todo un protocolo para evitar contagiar y contagiarse. Esta es la situación sobre la que queremos llamar la atención:

En prisión, el mayor de los confinamientos, como ya hemos dicho, la situación es muy diferente. Las personas encarceladas no tienen acceso a las medidas y protocolos de prevención que nosotras y nosotros tenemos a nuestro alcance. No disponen de guantes, alcohol o agua oxigenada y sólo con muchas dificultades, podrán hacerse con bote de lejía. Será muy difícil también guardar la distancia de seguridad, tanto entre presos como entre presos y funcionarios en unos espacios reducidos, cerrados y marcados por la obligación de permanecer en locales comunes durante las comidas o cenas, por las rutinas de cacheos y por la invasión del espacio vital.

Si la situación general, con respecto al coronavirus, es preocupante, en las cárceles lo es mucho más. No pretendemos despertar el alarmismo, sino la conciencia sobre una situación de la que la mayoría de la población no es consciente. No podemos pasar por alto el hecho de que hablamos de un entorno caracterizado por el hacinamiento y los espacios reducidos y cerrados, con poca o ninguna ventilación. Las posibilidades de higiene y limpieza son limitadas y las de acceder a las medidas de prevención y protección, como ya hemos dicho, prácticamente nulas. Hablamos de una población debilitada en general por las condiciones del encierro y de una alimentación deficiente, propensa a los contagios.

Ante todo, queremos llamar la atención sobre el derecho de todas las personas encarceladas a acceder a las mismas medidas de prevención y protección que las personas que estamos en la calle. Se trata del derecho a la salud, y del derecho a la vida, derechos que deben priorizar sobre todos los demás. Tal como apuntaba la OMS, las personas presas tienen el mismo derecho a la salud que las que estamos en la calle, y, en su caso, es el Estado el garante de su integridad y de su vida. En cuanto a las medidas que se tomen en evitación de posibles contagios, no pueden, de ninguna manera, limitar o anular los ya de por sí limitados derechos de presas y presos.

Recientemente llamábamos la atención sobre las presas y presos gravemente enfermos y los mayores de 70 años que continúan en prisión. Por su condición de enfermos y de mayores de 70, pertenecen a dos grupos considerados de alto riesgo en la situación actual; por su condición de presos, este riesgo se ve incrementado por las condiciones en las que van a tener que hacer frente a la pandemia en la cárcel. La necesidad de abordar la situación de estos presos con la urgencia y responsabilidad debidas, ha quedado reflejada en el primer fallecimiento en prisión a causa del Covid-19 del que hemos tenido noticia. Se trata de una presa de 78 años, con pluripatología. Las autoridades penitenciarias y judiciales, cuya primera responsabilidad es la de velar por la integridad de las personas encarceladas, deben explicar por qué una persona mayor de 70 años y, además enferma, continuaba en prisión. Deberán explicar también por qué durante cuatro días se ha ocultado su fallecimiento y si no se está ocultando nada más.

Debemos hacer un llamamiento URGENTE a abordar la situación de estas personas con la diligencia y la humanidad que exigen las actuales circunstancias. Su excarcelación, que ya se debería haber producido, viene contemplada por la legislación penitenciaria y en el hecho de mantenerles en prisión sólo podemos ver la voluntad de poner en mayor peligro sus vidas. ¿Con qué objetivo? ¿Con qué criterios se adoptan o no las medidas humanitarias para con las personas encarceladas?

La noticia reciente de que Francia pondrá en libertad a cerca de 5000 presos entre los que se encuentran los que padecen graves problemas de salud, es, sin duda, una buena noticia. La medida descongestionará, al menos en parte, el hacinamiento existente y permitirá una mayor protección ante el contagio a 5000 personas que, de otra forma, no la van a tener. Queda por saber si el Estado francés va a aplicar esta medida con la humanidad con que debiera o si va a ceder nuevamente a presiones políticas manteniendo al margen de su aplicación a los presos políticos vascos gravemente enfermos para añadir más penalidades a las enfermedades que sufren y aumentar su sufrimiento y el de sus familiares.

En cuanto a la situación en las cárceles, resulta muy difícil trazar un mapa general puesto que cada una se rige no sólo por su propia normativa sino también por la propia interpretación de las normativas generales, y las restricciones que se han impuesto en las comunicaciones limitan la información que puede llegarnos desde dentro.

Nos han hecho saber que en ciertas cárceles se han vaciado módulos para que puedan ser utilizados en casos de aislamiento médico o cuarentena. La medida sin duda es necesaria, incluso imprescindible, pero nos preguntamos si esto no significará que se ha duplicado la población en otros módulos y, por lo tanto, el riesgo. En todo caso, es fundamental garantizar la asistencia médica en las condiciones que requiere el control de la pandemia. Conocedores de que la asistencia médica en las prisiones es siempre deficitaria, nos preguntamos con lógica preocupación si los equipos médicos se han asegurado y reforzado para hacer frente a la pandemia en el interior de las prisiones.

Aparte de esto, podemos decir que las medidas que se han tomado son mayormente restrictivas y afectan principalmente a las comunicaciones. Entendemos que la suspensión de comunicaciones responde a la necesidad de acotar las posibilidades de propagación del virus. Pero no se han activado otras medidas que eviten la desconexión familiar entre la persona encarcelada y sus familiares, a pesar de que, en el Estado español, se ha incrementado de 8 a 12 el número de llamadas telefónicas autorizadas. Estas llamadas, de duración limitada y que suponen un coste económico importante (y un aumento de ese coste en el peor momento para muchas familias), no pueden sustituir de ninguna manera, las comunicaciones habituales, ya suficientemente restringidas de por sí.

Sumamos a esto que, entre las medidas adoptadas por Correos en el marco del estado de alarma, está la de no repartir prensa escrita, lo que supone un aislamiento aún mayor para nuestros familiares alejados y dispersados. Y todo esto está ocurriendo cuando más necesaria se hace la comunicación en las familias cuando más importancia adquieren los lazos familiares; saber unos de otros, conocer cómo se encuentran, salvar incertidumbres y tratar de ganar tranquilidad.

Tenemos pocos datos sobre el uso de guantes y mascarillas por parte de los funcionarios; en algunos casos, presas y presos políticos vascos nos han hecho saber que no se utilizan guantes en los cacheos, una situación anómala y más teniendo en cuenta la corta distancia física que media en un cacheo. Por otra parte, si los guantes no se cambian con la frecuencia adecuada y se utilizan los mismos para cachear a varios presos, como ocurre frecuentemente, quizás puedan proteger al funcionario/a pero es evidente que no se contempla la protección de los presos. Por supuesto, no sabemos de ninguna prisión en la que hayan facilitado guantes a presas y presos, pero tampoco material de desinfección.

En resumen: consideramos como muy preocupante la situación actual en las cárceles y alarmante la situación que se puede dar. Las autoridades penitenciarias españolas y francesas deben incrementar medidas para garantizar prevención y protección; para garantizar la integridad y la salud de las personas encarceladas, y del mismo modo, deben garantizar todos los derechos que les corresponden. Esa es su primera responsabilidad.

La situación exige actuaciones valientes que, de cualquier modo, vienen ya avaladas por la legislación actual. Queremos recordar que muchas presas y presos deberían estar ya en libertad y que solo les mantiene en prisión la voluntad de burlar la propia legislación para aplicar castigos añadidos a las condenas impuestas.

Pedimos:

  • La excarcelación INMEDIATA de presas y presos gravemente enfermos.
  • La excarcelación INMEDIATA de presas y presos mayores de 70 años.
  • La excarcelación INMEDIATA de presas y presos en situación de acceder a la libertad condicional, medida que el Estado francés deniega sistemáticamente a las presas y presos políticos vascos a pesar de que cumplen los requisitos exigidos.
  • La excarcelación por aplicación del 3º grado a las presas y presos que han salido ya de permiso, puesto que, una vez concedidos los permisos, la concesión del 3º grado se reduce a una simple cuestión de plazos.
  • Que se facilite a presas y presos los elementos y las medidas de prevención, protección y desinfección contemplados en los protocolos de seguridad para hacer frente a la pandemia.
  • Que se refuercen los equipos médicos en las prisiones para garantizar la asistencia médica durante las 24 horas del día, con la eficacia y la seguridad que exigen las características de esta pandemia.
  • La instalación de sistemas de videollamadas en las cárceles para evitar las consecuencias de la suspensión de comunicaciones. Que la administración penitenciaria asuma el coste económico de todas las llamadas telefónicas.