ETXERAT (7-10-2021). Tras la transferencia de prisiones a la Comunidad Autónoma Vasca (CAV), desde la asociación Etxerat queremos manifestar públicamente nuestra opinión favorable a que la administración vasca aborde una política penitenciaria acorde con el tiempo actual, sobre criterios de humanización del sistema carcelario.
El Gobierno Vasco (GV), tanto sus portavoces como asesores en la materia, se postulan por un modelo penitenciario caracterizado por personas presas que puedan cumplir sus penas en régimen de semilibertad, también en los casos de presos con largas condenas, entre ellos, nuestros familiares, cuyo tratamiento, así lo han manifestado también, ha de ser idéntico al del resto de penados.
Un total de 63 de nuestros familiares, presas y presos políticos vascos, se encuentran en la actualidad en alguna de las tres prisiones de la CAV (o en prisión domiciliaria supervisada por alguna de las mismas). Instamos a la nueva Secretaría de Servicios Penitenciarios del GV a que no mantenga las medidas de excepción que se les ha venido aplicando desde hace más de 30 años, posibilite que continúen su recorrido jurídico-penitenciario y proceda a acelerar la aplicación de las opciones que la ley y el reglamento penitenciario contemplan para la pronta reintegración de todas y todos.
- 15 en Basauri, 15 en Martutene, 26 en Zaballa, 2 en hospitales dependientes de Zaballa y 5 más en prisión domiciliaria.
- Tan solo 8 de tod@s ell@s se encuentran en 3º grado. El resto, salvo 2 encarceladas preventivas, deberían estar disfrutando de permisos tras superar ¼ de la condena.
- Asimismo, 44 de los 53 clasificados en 2º grado han cumplido ½ condena y deberían ser de inmediato progresados a 3º grado y acceder al régimen de semilibertad en las secciones abiertas de las tres prisiones.
- Much@s ya han rebasado las ¾ partes de la condena; 26 de ellos y ellas tendrían que acceder a la libertad condicional.
En la misma lógica, solicitamos al Gobierno español que proceda de inmediato al traslado a las cárceles de la CAV de las 99 presas y presos que aún se encuentran en prisiones de la periferia o alejadas de Euskal Herria (13 pres@s más se encuentran en la prisión de Iruñea, dependiente de Madrid y 18 navarr@s en la periferia o alejados). También instamos al Gobierno Vasco a que insista en reclamar el acercamiento a la CAV de es@s 99 pres@s.
- Gran parte de l@s 112 pres@s bajo control de la Secretaría General Instituciones Penitenciarias (SGIP) cumplen condiciones para acceder a redenciones, permisos, terceros grados o, por cumplimiento, libertad condicional.
- Inexplicablemente queda un preso en 1º grado.
- Del resto, solamente 8 tienen permisos de salida, cuando un total de 101 estarían en disposición de ello.
- Sólo una presa encarcelada en Iruñea está en tercer grado, sin embargo, por haber cumplido más de media condena, 71 del total deberían estar en 3º grado.
Además del acercamiento, pedimos al Gobierno español y a su SGIP que, tal como permite y aconseja la ley, traslade clasificados en 3º grado a estos 71 pres@s, por razón del tiempo de prisión ya cumplido. Es más, 26 de ellos y ellas estarían en condiciones de que se les abriera inmediatamente expediente de libertad condicional por haber rebasado la barrera de los ¾ partes de cumplimiento de condena.
Queremos manifestar, por otra parte, nuestra preocupación por el paso atrás que, consideramos, se ha producido los últimos meses en el camino que la sociedad vasca hace hacia la convivencia y la paz. No podemos permitirnos retrocesos por razón de determinados intereses políticos, o el mantenimiento de un discurso que se sigue sustentando en la venganza o la negación de derechos humanos. Tras la cifra de 197 presos y presas hay otras tantas personas con nombres y apellidos, con sus respectivos entornos familiares y sociales, todas ellas sujetos de derecho, que han cumplido con creces largas condenas, en condiciones de aislamiento y restricciones extremas. En el contexto del principio y el sistema de individualidad científica en la Ley Penitenciaria y el tratamiento en prisión que les aplican, todas y todos los presos vascos tienen derecho a que se visibilice la vulneración de derechos que sufren en sus carnes.
Algunos de ellos, 19, padecen graves enfermedades, otros superan ya los 70 años de edad, 35 continúan en el exilio y la deportación, a más de medio centenar se les niega la posibilidad de computar los años de la condena ya cumplida en Francia y, a varias docenas de presos y presas se les quiere aplicar la cadena perpetua encubierta (40 años) derivada de la ley 7/2003. Súmense las casuísticas ya mencionadas de bloqueo a redenciones a las que tienen derecho, permisos ordinarios, terceros grados o libertades condicionales. A los presos vascos se les vulneran derechos colectivamente, pero también individualmente, y esas vulneraciones son objetivables y deben ser denunciadas.
No se puede seguir poniendo obstáculos para avanzar hacia la sociedad sin presos, garantía imprescindible para el logro de la convivencia. No podemos seguir otras tres décadas bajo políticas y medidas de excepción aplicadas por los estados español y francés, por sus gobiernos, tribunales e instancias penitenciarias. Diez años después del fin del ciclo de violencia, ha transcurrido el suficiente tiempo para afrontar la desactivación del régimen de excepcionalidad que bloquea el camino de la convivencia y el del recorrido de nuestros familiares hacia la reintegración y la libertad.
Intervención de la abogada Onintza Ostolaza:
En la actualidad, casi la totalidad de los presos y presas, se encuentran clasificadas en segundo grado. Ésto junto a los acercamientos, son un avance, pero desgraciadamente, todavía rige la excepcionalidad. Escepcionalidad de la legislación, cuya expresión más clara es la Ley Orgánica 7/2003, la ley “para el cumplimiento íntegro de la penas de prisión”; y excepcionalidad de los Juzgados, que viene de la competencia que a día de hoy manitenen el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria (JCVP), la Audiencia Nacional (AN) y la Fiscalía de la AN, sobre los temas penitenciarios de los y las presas políticas vascas.
Estando en segundo grado de clasificación, la mayoría de los y las presas vascas cumplen las condiciones legales para poder disfrutar de permisos ordinarios de salida: esto es, han cumplido una 1/4 parte de la condena y tienen “buena conducta penitenciaria”. Aunque esto sea así, el 95% de las Juntas de Tratamiento de la cárceles periféricas al País Vasco, se han posicionado en contra de conceder permisos ordinarios de salida, con argumentos fuera de lugar como “peligro de reincidencia”, “gravedad del delito cometido”,...
Pero debemos reconocer que también existen Juntas de Tratamiento que hacen propuestas favorables para los permisos de salida. Entonces, las trabas las pone el ámbito judicial (ya que las propuesta de salida deben ser ratificadas por el JCVP). En la actualidad, hay más de una cuarentena de expedientes de permisos, con propuestas favorables por parte las Juntas de Tratamiento, que afectan a 22 presos y presas. Expedientes que se demoran en el tiempo, que no han sido resueltos aún por el JCVP, aunque hayan sido propuestos a principios del año.
Y aunque la propuesta de la Junta de Tratamiento haya sido positiva, en la inmensa mayoría de los casos, el Ministerio Fiscal se opone sistemáticamente al permiso, y así, el JCVP acuerda no concederlos. A lo largo del presente año, el JCVP ha emitido 10 autos contrarios a los permisos propuestos por las respectivas Juntas de Tratamiento, que han afectado a 6 presos.
Respecto a la progresión del segundo a tercer grado de clasificación, pasa algo parecido. Las condiciones legales para la progresión al tercer grado son el haber cumplido la mitad de la condena y mostrar la voluntad de pagar la responsabilidad civil impuesta en sentencia. Pero durante el año 2021, la SGIP ha progresado únicamente a 6 presos vascos, lo que supone el 4,9% del total de presos de los que tienen derecho a ello.
Además, los acuerdos de la SGIP de progresión a tercer grado, son recurridos por el Ministerio Fiscal y posteriormente, es el JCVP y en última instancia la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la AN el que tienen la última palabra.
Muestra de lo que está pasando con las pocas progresiones a tercer grado es el caso de Unai Fano Aldasoro, que la semana pasada ya denunciamos:
Después de ser progresado a tercer grado en enero pasado, el Fiscal recurrió dicha resolución de la administración penitenciaria, y aunque en primera instancia el JCVP desestimó su recurso, ahora, en apelación, la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la AN ha acordado estimarlo y dejar sin efecto el tercer grado de Fano. Me constan, como abogada de Unai Fano, que la misma dirección del Centro Penitenciario de Bizkaia y sus técnicos (jurista, educadores, psicólogos... que atienden directamente a Fano), que están “muy sorprendidos” con la decisión tomada por la Audiencia Nacional.
En esta comparecencia, se ha instado a la administración penitenciaria que ahora depende del Gobierno Vasco recpecto a las prisiones de la Comunidad Autónoma Vasca. Y sí, esperamos que se haga otra política penitenciaria con todos y todas las presas, y realmente se apueste por el cumplimiento de la pena en régiman abierto; también con nuestras defendidas, sin hacer diferencias, pero para ello hace falta mucho más que voluntad. Con las leyes de excepción vigentes y Tribunales y Fiscales de excepción, que responden a otros tiempos y otros impulsos, necesitaremos mucho más que palabras y voluntades.
Lo mismo decimos a la administración penitenciaria española. Pedimos que se aplique la legislación ordinaria, la misma legislación que se aplica a toda la población reclusa. De una vez por todas se debe terminar con la excepcionalidad. Se deben derogar leyes como la LO 7/2003 y LO 5/2003, terminando con la competencia que tienen los Tribunales de excepción respecto al recorrido penitenciario que están realizando nuestros defendidos. Es la única forma de garantizar el mandato que la propia Constitución Española recoge en su artículo 25.2, la del derecho a reeducación y reinserción social de todos y todas las presas.